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Imputaron a un hombre por agredir a su ex pareja

La fiscal del caso Laura Pizzipaulo formuló cargos formalmente contra un hombre, identificado por sus iniciales J.P.C.M., acusado de haber lesionado físicamente a una mujer en un claro contexto de violencia de género. Con esta resolución, la justicia dio por iniciada la investigación penal.

Imputaron a un hombre por agredir a su ex pareja

La fiscal del caso Laura Pizzipaulo formuló cargos formalmente contra un hombre, identificado por sus iniciales J.P.C.M., acusado de haber lesionado físicamente a una mujer en un claro contexto de violencia de género. Con esta resolución, la justicia dio por iniciada la investigación penal.

Según la reconstrucción presentada por el Ministerio Público Fiscal, la agresión se desencadenó tras una discusión en el interior del domicilio. El imputado siguió a la víctima hasta una de las habitaciones de la casa y comenzó a agredirla físicamente.

De acuerdo con el relato de la fiscalía, el agresor la tomó del cuello, la golpeó contra una ventana y, cuando la mujer intentó escapar hacia el exterior para pedir auxilio, la sujetó del pelo para volver a meterla a la fuerza en el inmueble. Posteriormente, continuó golpeándola con las manos en distintas partes del cuerpo y la inmovilizó contra una pared para impedir que se retirara del lugar.

Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió múltiples hematomas, escoriaciones y dolores corporales. Si bien la gravedad del ataque fue severa, la evaluación médica incorporada a la causa dictaminó que las lesiones corresponden a la categoría de «leves», un encuadre legal que se aplica cuando el tiempo estimado de recuperación es inferior a los 30 días.

Por este motivo, la fiscal Pizzipaulo le atribuyó a J.P.C.M. el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo (por haber sido cometidas contra una expareja) y por mediar violencia de género, en calidad de autor. Durante el acto judicial, la defensa del acusado no opuso reparos a la formulación de cargos ni al plazo de investigación solicitado.

El imputado tendrá estrictamente prohibido mantener cualquier tipo de contacto con la víctima, ya sea de forma directa o indirecta (esto incluye llamados telefónicos, mensajes por redes sociales o mediante terceras personas).

Tampoco podrá acercarse a menos de 100 metros de cualquier lugar donde la mujer se encuentre.

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